Nómina y cumplimiento

Reforma a la Ley contra la Trata de Personas: Clave para Recursos Humanos

Innolabora
Escena editorial de Innolabora para Reforma a la Ley contra la Trata de Personas: Clave para Recursos Humanos
Lectura práctica
  • Qué significa para tu operación.
  • Qué riesgo o decisión conviene revisar.
  • Qué evidencia deberías conservar.

El propósito fundamental de la reciente reforma a la Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas es tutelar la dignidad de las personas, especialmente en el ámbito laboral. Esta modificación legal, que ahora incluye la explotación laboral derivada de jornadas excesivas, plantea un escenario más estricto para las organizaciones. Es imperativo que las empresas revisen y ajusten sus políticas laborales para garantizar el cumplimiento total de las disposiciones legales. Esto no solo protege a los colaboradores, sino que también resguarda a las empresas ante posibles responsabilidades penales y laborales.

## Bases Legales

La reforma se alinea con varios marcos legales fundamentales:

  1. Artículo 123, Apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM):Establece los derechos fundamentales de los colaboradores, regulando la jornada laboral, el pago de un salario justo y el respeto a condiciones laborales dignas.
  2. Ley Federal del Trabajo (LFT):
  • Artículo 58: Define la jornada de trabajo como el tiempo durante el cual el colaborador está a disposición del patrón.
  • Artículo 61: Establece las jornadas máximas permitidas: 8 horas para la jornada diurna, 7 horas para la nocturna y 7.5 horas para la mixta.
  • Artículo 66: Regula el tiempo extraordinario, permitiendo un máximo de 3 horas diarias y 3 veces a la semana.
  • Artículo 5, Fracción III: Prohíbe cláusulas contractuales que establezcan jornadas inhumanas por ser notoriamente excesivas.
  1. Reforma a la Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas (2024): Introduce sanciones de 3 a 10 años de prisión para quienes impongan jornadas laborales excesivas que vulneren la dignidad humana, y multas de 5,000 a 50,000 UMAs (Unidad de Medida y Actualización), equivalentes a \$542,850 hasta \$5,428,500 pesos.

*Es importante recordar que las multas laborales se aplican por cada colaborador afectado, lo que las hace particularmente graves (Artículo 992 LFT) y no deben tomarse a la ligera.*

## Acciones Recomendadas para Recursos Humanos

1. Revisión y Ajuste de Contratos

Es necesario realizar una auditoría exhaustiva de todos los contratos laborales para garantizar que las jornadas de trabajo estipuladas respeten los límites legales:

  • Jornada Diurna: Máximo de 8 horas.
  • Jornada Nocturna: Máximo de 7 horas.
  • Jornada Mixta: Máximo de 7.5 horas.

Además, los recibos de nómina deben reflejar correctamente la jornada trabajada. En caso de laborar tiempo extraordinario, este debe pagarse conforme a la ley para evitar discrepancias legales.

2. Prohibición del Tiempo Extra para Grupos Vulnerables

Se recomienda prohibir estrictamente el trabajo en horas extras para grupos vulnerables, como:

  • Mujeres embarazadas.
  • Colaboradores con discapacidades.
  • Colaboradores con lesiones derivadas de accidentes laborales.

Esta medida es esencial para proteger la dignidad y los derechos humanos de estos colaboradores, garantizando su bienestar físico y mental. Es vital capacitar a los líderes sobre esta prohibición para evitar sanciones graves.

3. Cumplimiento en la Práctica, no Solo en el Papel

No basta con tener contratos alineados con la ley si en la realidad se permiten o toleran jornadas laborales excesivas sin la compensación adecuada. Prácticas como:

  • Solicitar a los colaboradores registrar su salida pero continuar trabajando.
  • No pagar el tiempo extra trabajado.

Generan riesgos significativos, ya que siempre habrá evidencias (correos electrónicos, cámaras de seguridad, registros de llamadas) que demuestren el trabajo fuera de la jornada oficial. Esto es una prueba plena de explotación laboral.

4. Pago y Control del Tiempo Extraordinario

Si se requiere tiempo extra:

  • Máximo permitido: 3 horas diarias y 3 veces a la semana (Artículo 66 LFT).
  • Compensación: Pago del 100% adicional por las primeras 9 horas semanales y 200% adicional si se superan.

Aunque el colaborador consienta laborar más horas, cualquier acuerdo que contravenga la ley es nulo (Artículo 5, Fracción III LFT). Los colaboradores no están obligados a prestar servicios más allá de los límites legales, y su negativa no es causa de rescisión.

Tesis aislada: [HORAS EXTRAS EN NUMERO SUPERIOR AL PERMIDO POR LA LEY, NO ESTAN OBLIGADOS LOS TRABAJADORES A LABORARLAS](https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/243938)

Tesis aislada: [HORAS EXTRAS, NEGATIVA A LABORAR MAYOR NÚMERO DE LAS PERMITIDAS POR LA LEY, NO ES CAUSA DE RESICIÓN](https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/248431)

5. Jornadas Especiales

Para roles con horarios extendidos (por ejemplo, turnos de seguridad):

  • Límite: No exceder 48 horas semanales.
  • Derechos Humanos: No afectar la salud y el descanso del colaborador (Artículos 2 y 3 LFT).

Es posible pactar jornadas flexibles, pero sin comprometer los derechos de los colaboradores. Ajustar los contratos o compensar adecuadamente el tiempo extraordinario y los días festivos trabajados es esencial.

6. Cumplimiento de Normas de Seguridad y Salud en el Trabajo

Reforzar el cumplimiento de disposiciones en materia de seguridad y salud:

  • Artículos 132 y 153 LFT: Garantizan espacios de trabajo seguros.
  • Normas Oficiales Mexicanas (NOM): Como la NOM-035, NOM-030, NOM-019, entre otras.

Estas acciones aseguran que los colaboradores no estén expuestos a riesgos que comprometan su bienestar físico y mental.

7. Revisión del Salario y Proporcionalidad en el Pago

Las autoridades pueden verificar que:

  • Tiempo laborado y pago: Sean proporcionales y correspondan a lo reflejado en los CFDI.
  • Tiempo extra: Se pague conforme a la ley, limitándolo a 9 horas semanales (Artículo 66 LFT).

Cualquier práctica contraria a la ley es ilegal, aunque sea consentida por el colaborador. Es fundamental respetar los derechos laborales y asegurar el pago adecuado para evitar irregularidades y posibles denuncias por explotación laboral.

## Urgencia en la Implementación

El incumplimiento de estas disposiciones legales puede resultar en sanciones severas, incluyendo multas onerosas y penas de prisión. La reforma ya está en vigor, y las autoridades están aumentando la vigilancia y las inspecciones. Es urgente que las empresas actúen ahora para ajustar sus políticas y prácticas laborales. No hacerlo puede poner en riesgo no solo la reputación de la organización, sino también su viabilidad operativa.

## Innolabora: Su Aliado en Cumplimiento Legal

En Innolabora, entendemos la importancia de tutelar la dignidad de las personas en el ámbito laboral. Contamos con la experiencia y el conocimiento para ayudar a su organización a implementar estas mejoras de manera eficiente y efectiva. Nuestro equipo de expertos en recursos humanos y legislación laboral está preparado para:

  • Realizar auditorías laborales completas.
  • Ajustar y redactar contratos laborales conforme a la ley.
  • Capacitar a líderes y colaboradores en normativas actuales.
  • Implementar políticas de seguridad y salud en el trabajo.

No espere a enfrentar sanciones o problemas legales. Actúe ahora y asegure el cumplimiento de su empresa.Contáctenos hoy mismo y dé el primer paso hacia un entorno laboral legal y saludable.

Siguiente paso

Convierte la idea en una decisión aplicable.

Contrastamos “Reforma a la Ley contra la Trata de Personas: Clave para Recursos…” con tu operación, tu evidencia y las decisiones que hoy necesita tu equipo.